Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
20-05-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110520-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 92

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

111
Procedimiento ordinario 1.125 de 2009

En el procedimiento ordinario número 1.125 de 2009 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 4 de marzo de 2011.—Vistos por la ilustrísima señora doña María del Mar Ilundain Minondo, magistrada titular del Juzgado de primera instancia número 92 de Madrid, los autos de juicio ordinario número 1.125 de 2009, promovidos por don Juan Carlos Robles Pérez, representado por la procuradora doña Magdalena Cornejo Barranco y dirigido por el letrado don José Antonio Pedreira López-Membiela, contra “Seguros Vitalicio”, representada por la procuradora doña María Rodríguez Puyol, con la dirección de la letrada doña Pilar Menéndez González, y contra “Inversiones, Construcciones y Servicios, Sociedad Limitada”.

Fallo

Que estimo íntegramente la demanda interpuesta por don Juan Carlos Robles Pérez, condenando solidariamente a “Seguros Vitalicio” y a “Inversiones, Construcciones y Servicios, Sociedad Limitada”, al pago de la cantidad de 8.888,01 euros, a la aseguradora con la franquicia convenida, con los intereses legales desde la presentación de la demanda.

Todo ello con expresa condena al pago de las costas.

Esta resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, que se preparará ante este Juzgado y del que conocerá la Audiencia Provincial de Madrid, previa constitución de depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado número 4.153.

Publicación

Firmada la anterior resolución, es entregada en el día de hoy en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión a los autos, quedando el original archivado en el libro correspondiente, doy fe.—Madrid a 8 de marzo de 2011.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Inversiones, Construcciones y Servicios, Sociedad Limitada”, con CIF B-81684813, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 26 de abril de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(02/4.351/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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