Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
20-05-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110520-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

52
Impuesto sobre bienes inmuebles naturaleza urbana año 2011

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 17 de mayo de 2011, se ha aprobado el padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana del año 2011. Por todo ello, se pone en conocimiento de los contribuyentes obligados al pago que la matrícula estará expuesta en el Departamento de Rentas (plaza de España, número 1) durante el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarla.

En el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago, podrá interponer los siguientes recursos:

— Con carácter potestativo y previo a la reclamación económico-administrativa recurso de reposición, ante el órgano que dictó el acto. En este caso, no podrá promover la reclamación económico-administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarlo desestimado por silencio administrativo.

— Directamente, reclamación económico-administrativa ante la Junta Municipal de Reclamaciones Administrativas de Alcorcón, dirigida al órgano que dictó el acto.

— Cualquier otro que estime pertinente.

El plazo de ingreso en voluntaria, atendiendo al fraccionamiento acordado por decreto de Alcaldía-Presidencia de fecha 15 de diciembre de 2010 y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 311, de 30 diciembre de 2010, abarca los siguientes periodos de cobro:

— Primer plazo: del 1 de junio al 1 de agosto de 2011.

— Segundo plazo: del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2011.

El ingreso de las cuotas se realizará en las oficinas de los bancos y cajas de ahorro que se indican en los recibos que se enviarán a los domicilios fiscales de los obligados al pago.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo correspondiente, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Alcorcón, a 17 de mayo de 2011.—La concejala-secretaria de la Junta de Gobierno Local, Candelaria Testa Romero.

(02/4.739/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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