Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
24-05-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110524-132

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

132
Ejecución 82 de 2011

Doña Paloma Zotes Alijas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 82 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Marta Álvarez Ordóñez y doña Helena Díaz Cruces, contra las empresas “Puerta de Miraflores, Sociedad Limitada”, “Grupo de Empresas Esteban del Valle” y “Hervé Asesores y Consultores, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de ejecución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Ángela Mostajo Veiga.—En Madrid, a 12 de abril de 2011.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña Marta Álvarez Ordóñez y doña Helena Díaz Cruces, frente a “Puerta de Miraflores, Sociedad Limitada”, “Grupo de Empresas Esteban del Valle” y “Hervé Asesores y Consultores, Sociedad Limitada”, por importe de 73.925,29 euros (de los cuales 38.943,69 euros corresponden a doña Marta Álvarez Ordóñez y 34.981,60 euros corresponden a doña Helena Díaz Cruce), más 4.435,50 euros y 7.392,5 euros calculados provisionalmente para intereses y costas.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Puerta de Miraflores, Sociedad Limitada”, “Grupo de Empresas Esteban del Valle” y “Hervé Asesores y Consultores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, advirtiéndose que las sucesivas notificaciones se realizarán en los estrados del Juzgado, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de abril de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.331/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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