Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
24-05-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110524-217

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

217
Demanda 84 de 2011

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 84 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Yolanda Cabanillas Cruz, contra Asociación Corte Española de Arbitraje Económico de Derecho y Equidad, Asociación Gestora Española de Arbitraje Institucional, Asociación Española para la Ayuda Cívica y Social, Asociación Promotora Española de Cortes de Arbitraje, Asociación Española de Asesores Jurídicos Abogalia, don Mariano Navarro-Rubio Rodríguez, doña Mónica Cobián Mosquera y doña Pilar Rodríguez Moreno, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 11 de abril de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 194 de 2011

En Madrid, a 11 de abril de 2011.—Doña Begoña García Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, doña Yolanda Cabanillas Cruz, que comparece asistida por el letrado don Juan Carlos Moraga Carrascosa, y de otra, como demandados, Asociación Corte Española de Arbitraje Económico de Derecho y Equidad, Asociación Gestora Española de Arbitraje Institucional, Asociación Española para la Ayuda Cívica y Social, Asociación Promotora Española de Cortes de Arbitraje, Asociación Española de Asesores Jurídicos Abogalia, don Mariano Navarro-Rubio Rodríguez, doña Mónica Cobián Mosquera y doña Pilar Rodríguez Moreno, que no comparecen, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimo la demanda formulada por doña Yolanda Cabanillas Cruz, frente a Asociación Corte Española de Arbitraje Económico de Derecho y Equidad y declaro improcedente el despido de aquella, condenando a dicha demandada a que opte en el plazo de cinco días entre readmitir a la actora en las mismas condiciones anteriores al despido o indemnizarla con 7.696,77 euros, abonándole en todo caso los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la notificación de la presente resolución, a razón de un salario diario de 43,09 euros.

Y absuelvo a Asociación Gestora Española de Arbitraje Institucional, Asociación Española para la Ayuda Cívica y Social, Asociación Promotora Española de Cortes de Arbitraje, Asociación Española de Asesores Jurídicos Abogalia, y respecto de las personas físicas don Mariano Navarro-Rubio Rodríguez, doña Mónica Cobián Mosquera y doña Pilar Rodríguez Moreno de las pretensiones deducidas en su contra.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a Asociación Gestora Española de Arbitraje Institucional, Asociación Española para la Ayuda Cívica y Social, don Mariano Navarro-Rubio Rodríguez, doña Mónica Cobián Mosquera y doña Pilar Rodríguez Moreno, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de abril de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/16.328/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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