Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
24-05-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110524-128

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

128
Demanda 1.511 de 2010

Doña Rosario Rodríguez Sánchez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.511 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Catalín Negreanu, contra la empresa “Tigsa Construcciones y Montajes, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 735 de 2010

En Madrid, a 22 de diciembre de 2010.—Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrado del Juzgado de lo social número 4 de esta ciudad, el juicio promovido por despido seguido con el número de autos 1.511 de 2010 a instancias de don Catalín Negreanu, asistido del letrado señor Francisco Marín Martínez Cañavate, frente a la empresa “Tigsa Construcciones y Montajes, Sociedad Limitada”, representada por el letrado don José Ramón Pardo Congel, y con citación del Fondo de Garantía Salarial, autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente.

Fallo

Que, estimando la demanda de despido entablada por don Catalín Negreanu contra la entidad “Tigsa Construcciones y Montajes, Sociedad Limitada”, declaró improcedente el despido objeto de este procedimiento condenando a la empresa demandada a readmitir al trabajador en las mismas condiciones existentes con anterioridad al despido o bien a su elección formulada en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución y ante la Secretaría del Juzgado, a abonarle una indemnización por importe de 5.954,40 euros, condenando en cualquier caso a la empresa demandada al abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido, el día 13 de septiembre de 2010 y hasta la fecha de la notificación de la presente resolución con arreglo al salario declarado probado.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tigsa Construcciones y Montajes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de abril de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.315/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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