Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
25-05-2011

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110525-87

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Distrito de Chamberí

Sección Disciplina Urbanística

87
Notificación

Habiendo resultado fallido el intento de notificación a la interesada en su último domicilio conocido de la resolución que se cita, se hace público mediante el presente edicto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el decreto del gerente del Distrito de Chamberí, de fecha 10 de noviembre de 2010, por el que se requiere a doña Elisabeth Morales Marqués, para que efectúe la demolición de las obras abusivamente construidas en el edificio sito en la calle Espronceda, número 20, planta baja, puerta D, consistentes en “construcción en patio interior de la finca, anexionada a la vivienda de referencia, con una superficie aproximada de 1,20 ´ 2,10 metros y una altura de 2,50 metros paramento exterior vertical realizado a base de fábrica de ladrillo, acabado exteriormente con enfoscado de mortero de cemento y pintura, con una puerta de salida a patio realizada en aluminio lacada blanco y como tejado, colocación de plancha de fibrocemento. Dicha construcción se ha acondicionado como aseo de la vivienda y vestíbulo para acceso a patio. Se ha sustituido las carpinterías de madera originales en fachada de patio por nuevas carpinterías de aluminio lacado”: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 194.2 y 195.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, señalado que, en caso de incumplimiento, podrán llevarse a cabo por los servicios técnicos municipales, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 95 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con independencia de la posible incoación de expediente sancionador, según determina el artículo 202 de la mencionada Ley.

Lo que le comunico para su conocimiento, efecto y exacto cumplimiento advirtiéndole de que esta resolución pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponer los recursos que a continuación se indican: 1.—Recurso potestativo de reposición, ante el gerente del Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del presente edicto, de conformidad con los artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 2.—Directamente recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). 3.—Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados.

Madrid, a 7 de abril de 2011.—El gerente del Distrito, PO, la jefa del Departamento Jurídico, Eulalia Fernández Préstamo.

(02/3.680/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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