Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
26-05-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110526-219

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

219
Demanda 1.310 de 2010

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.310 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Esperanza Talavera Cordero, doña María Isabel Núñez Merchán, doña Ángela Barrajón San Segundo y doña Emilia Espasandín Pérez, contra la empresa “Barrajón García y Barbero, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 11 de marzo de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que estimando la demanda formulada por doña Esperanza Talavera Cordero, doña María Isabel Núñez Merchán, doña Ángela Barrajón San Segundo y doña Emilia Espasandín Pérez, contra “Barrajón García y Barbero, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro improcedentes los despidos de las actoras, condenando a la empresa demandada a que les indemnice en las sumas que se dirá, con abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la de la presente resolución, respectivamente, declarando con esta fecha extinguida la relación laboral, todo ello con la responsabilidad que, en su caso, y dentro de los límites legales, corresponda al Fondo de Garantía Salarial.

A doña Esperanza Talavera Cordero: 6.489 euros y 4.058,20 euros.

A doña María Isabel Núñez Merchán: 26.656,43 euros y 10.147,47 euros.

A doña Ángela Barrajón San Segundo: 80.367,11 euros y 15.694,99 euros.

A doña Emilia Espasandín Pérez: 10.277,40 euros y 4.820,59 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de apelación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Barrajón García y Barbero, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de abril de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.572/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110526-219