Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
26-05-2011

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110526-100

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

100
Padrones fiscales 2011

Por acuerdo de la Junta de Gobierno, de 5 de mayo de 2011, han sido aprobados los padrones fiscales del ejercicio 2011 correspondientes a los siguientes impuestos:

— Impuestos sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.

— Impuestos sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.

Se establece como plazo de pago, en período voluntario, del 16 de agosto al 31 de octubre de 2011.

Los recibos podrán abonarse en los plazos señalados, en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos, en su horario de apertura al público. Las entidades son las siguientes: “La Caixa”, “Banesto”, “Caja Madrid”, “Ibercaja”, “Banco Santander Central Hispano” y BBVA.

Haciéndose constar que se notificarán colectivamente los respectivos recibos mediante la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a través de edictos que los adviertan, todo ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la vigente Ley General Tributaria.

Dichos padrones se expondrán al público por un plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de reclamaciones por las personas interesadas.

Se advierte de que transcurrido el plazo de ingreso las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos ejecutivos que procedan, los intereses de demora y, en su caso, las costas que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria.

Para aquellos contribuyentes que hayan optado por la forma de pago mediante domiciliación bancaria, beneficiándose de un 3 por 100 del importe del recibo, se les advierte de que su cargo en cuenta se efectuará el primer día del período voluntario antes citado.

Aquellos contribuyentes que se hayan acogido al sistema de pago en dos plazos, el primero de ellos se les pasará al cobro el día 30 de junio y el segundo el día 15 de octubre, en la cuenta bancaria designada en su solicitud, beneficiándose de una bonificación del 4 por 100 del importe anual de la cuota íntegra del impuesto.

En Villanueva del Pardillo, a 6 de mayo de 2011.—El alcalde, Juan González Miramón.

(02/4.372/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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