Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
30-05-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110530-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

115
Ejecución 14 de 2011

Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 14 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Aguirre Crespo, contra “Gabinete de Estudios del Territorio Reshef, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de fecha 3 de marzo de 2011, cuyas partes resolutivas son del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Proceder a la ejecución del título mencionado, en los hechos de la presente resolución solicitada por don Miguel Aguirre Crespo, contra “Gabinete de Estudios del Territorio Reshef, Sociedad Limitada”, por un importe de 14.204,16 euros de principal, más 2.272,67 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

Dispongo: En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

a) No proceder por el momento a las averiguaciones patrimoniales, toda vez que se lleva a cabo procedimiento contra la misma empresa deudora en el Juzgado de lo social número 15 de Madrid (ejecución número 291 de 2010 y número 309 de 2010) encontrándose en la fase de traslado a las partes y al Fondo de Garantía Salarial previa a decretar la insolvencia de la misma; y con su resultado se acordará lo procedente.

b) A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2803/0000/64/1345/10, entidad 0030, agencia 1143, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gabinete de Estudios del Territorio Reshef, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su colocación en el tablón de edictos de este Juzgado.

En Madrid, a 7 de abril de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.099/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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