Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
31-05-2011

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110531-27

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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NOTIFICACIÓN de pago y liquidación de intereses referente a expediente administrativo por infracciones de normativa de consumo.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domicilio de sus destinatario de notificación de pago y liquidación de intereses de sanción, por infracción administrativa en materia de consumo, y una vez firme en vía administrativa, he resuelto ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, que la modifica (“Boletín Oficial del Estado” de 16 de enero de 1999).

Expediente. — Importe sanción. — Requerido y último domicilio

07-SM-00083.5/2007. — 9.365,02 euros. — Tayen Car Distribución, Sociedad Anónima; C/A (P. I. Európolis), 25, 28230 Las Rozas de Madrid (Madrid).

El importe de la sanción se hará efectivo por ingreso directo en la cuenta restringida número 2038 1826 11 6000436610, de la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid, abierta en “Caja Madrid”, haciendo referencia al número de expediente reseñado y al nombre del establecimiento, en los períodos voluntarios que se detallan a continuación:

a) En el caso de notificaciones realizadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este día no fuera hábil, hasta el inmediato día hábil siguiente.

b) En el caso de notificaciones realizadas entre los días 16 y último día del mes, desde la fecha de recepción hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este día no fuera hábil, hasta el inmediato día hábil siguiente.

En su caso, de no abonarse el importe de la sanción dentro de dicho período voluntario, se procederá a su exacción, con los recargos que resulten de aplicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

El justificante o resguardo acreditativo del ingreso deberá presentarse en el plazo de diez días siguientes al mismo en el Área de Coordinación de la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid (calle Ventura Rodríguez, número 7, 28008 Madrid), para su constancia en el expediente, el cual no se estimará concluso sin el cumplimiento de este requisito imprescindible.

Madrid, a 29 de abril de 2010.—La Directora General de Consumo, Carmen Martínez de Sola y Coello de Portugal.

(01/1.739/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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