Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
07-06-2011

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110607-84

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS

URBANISMO

84
Iniciativa compensación mediante convenio urbanístico

En relación con el asunto de referencia, el Pleno Municipal, celebrado el día 31 de marzo de 2011, adoptó acuerdo cuya parte dispositiva es la siguiente:

Primero.—Ratificar el texto del convenio urbanístico para la aplicación del sistema de compensación en la Unidad de Ejecución UE.6 que incorpora la delimitación del ámbito y su reparcelación conforme a la propuesta suscrita el 19 de noviembre de 2010 entre “Grupo Inmobiliario Delta, Sociedad Anónima”, y el Ayuntamiento de Tres Cantos, que se aprueba definitivamente, advirtiendo que la aprobación del proyecto de urbanización queda aplazada hasta la subsanación de las deficiencias observadas y emisión de los informes necesarios.

Segundo.—Notificar la aprobación del texto definitivo a “Grupo Inmobiliario Delta, Sociedad Anónima”, para su firma en el plazo de los quince días siguientes a la misma. Transcurrido dicho plazo sin que haya tenido lugar dicha firma, se entenderá que renuncian a aquel.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, de Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que una vez suscrito el convenio definitivo con fecha 25 de abril de 2011 ha sido depositado en la Secretaría General de este Ayuntamiento, remitiéndose un ejemplar al registro administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público a tenor y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 248 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid (LSM); artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, y en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, indicándose que el presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente la publicación del presente anuncio, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses siguientes a la citada publicación, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, a tenor de lo dispuesto en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de interponerse el recurso de reposición con carácter potestativo, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que recaiga resolución expresa o presunta del mismo. No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime procedente.

En Tres Cantos, a 25 de abril de 2011.—El concejal de Urbanismo, Jesús Moreno García.

(02/4.393/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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