Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
07-06-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110607-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

126
Ejecución 107 de 2011

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 107 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Mediavilla Vega, contra las empresa “Insel Instalaciones y Mandamiento, Sociedad Limitada”, y “Adel Mantenimiento, Sociedad Limitada”, sobre sanciones, se ha dictado el día 9 de mayo de 2011 resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, y desconociéndose bienes concretos, acuerdo: Proceder a la averiguación de los mismos, pudiendo accederse a dicha información a través de la base de datos del Punto Neutro Judicial.

Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes, y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a las ejecutadas por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a las ejecutadas hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con el número 2510.

Habiéndose declarado la insolvencia de la empresa “Insel Instalaciones y Mandamiento, Sociedad Limitada”, por el Juzgado de lo social número 3 de Madrid, en la ejecución número 197 de 2009, se acuerda dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan consignar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los efectos oportunos.

Con respecto al escrito de fecha 18 de abril de 2011: se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo, y una vez sea firme la sentencia de los autos número 255 de 2010, y una vez lleguen los mismos del Tribunal Superior de Justicia, se acordará lo procedente.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Insel Instalaciones y Mandamiento, Sociedad Limitada”, y “Adel Mantenimiento, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.223/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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