Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
17-06-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110617-154

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

154
Demanda 280 de 2011

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 280 de 2011-MO y acumulado el número 281 de 2011 de este Juzgado de lo social número 2, seguido a instancias de don David García Menéndez, don Juan José Vega Igual, don Miguel Ángel Castilla Clemente y don Francisco Javier Bermejo Sánchez, contra la empresa “Jef Mobiliario, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

Móstoles, a 7 de abril de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por don David García Menéndez, frente a “Jef Mobiliario, Sociedad Limitada”, en materia de cantidad.

2. Se acuerda requerir a la empresa demandada la documental solicitada para que en el día del juicio aporte los documentos indicados en la demanda, sin perjuicio del criterio de su señoría, el magistrado-juez, y citar a las partes, con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración del juicio, a cuyo efecto se señala para el día 13 de febrero de 2012, a las once y veinte horas.

3. En relación con el interrogatorio de las partes: ha lugar, y se requiere al legal representante de la empresa demandada a fin de que comparezca el día y hora señalados, con el apercibimiento de que en caso de incomparecencia se le podrá tener por confeso.

4. Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el escrito de la demanda sobre la comparecencia a juicio de los demandantes asistidos de letrado.

Con las siguientes advertencias y apercibimientos:

A la parte demandada: que conforme a lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley de Procedimiento Laboral, si los demandantes pretendiesen comparecer en el juicio asistido de abogado o representados por procurador o graduado social colegiado, lo harán constar en la demanda.

A ambas partes: que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse.

Asimismo, se indicará a ambas partes que deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Sirviendo la presente de citación y notificación en forma a todas las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de Ley de Procedimiento Laboral).

Auto

En Móstoles, a 7 de abril de 2011.

Parte dispositiva:

Dispongo: Acumular a los presentes autos lo que se tramitan en este mismo Juzgado de lo social seguidos con el número 281 de 2011, discutiéndose conjuntamente en un solo procedimiento, y debiendo resolverse en una sola resolución todas las cuestiones planteadas; y encontrándose señalado el juicio, mediante decreto de 7 de julio de 2011, para el día 13 de febrero de 2012, a las once y veinte horas, para el día 13 de febrero de 2012, a las once y veinte horas, estando al contenido del mismo.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Auto

En Móstoles, a 9 de mayo de 2011.

Parte dispositiva:

a) Acumular a los presentes autos los provenientes del Juzgado de lo social número 2, seguidos con el número 281 de 2011. Encontrándose señalado el juicio en los presentes autos para el día 13 de febrero de 2012.

b) Oficiar al Juzgado citado solicitándole remitir los autos acumulados, con testimonio de la presente resolución.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Jef Mobiliario, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 19 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.726/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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