Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
20-06-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110620-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

109
Demanda 1.011 de 2010

Doña Sagrario Coteño del Reino, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.011 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Clara Rodríguez Barba Heras, contra las empresas “Moncohe, Sociedad Limitada”, “Sercohe, Sociedad Limitada”, y “Casega, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 11 de mayo de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Clara Rodríguez Heras, contra “Moncohe, Sociedad Limitada”, “Sercohe, Sociedad Limitada”, y “Casega, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a dichas empresas, con carácter solidario, a abonar a la referida actora la cantidad de 7.585,77 euros que le adeudan por los conceptos reclamados en aquella, más el 10 por 100 en concepto de interés por la mora en el pago de la misma.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Moncohe, Sociedad Limitada”, “Sercohe, Sociedad Limitada”, y “Casega, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.948/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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