Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 151

Fecha del Boletín 
28-06-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110628-250

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

250
Ejecución 183 de 2011

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 183 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Luis Asensio Martínez, contra la empresa “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Magistrada-juez de lo social, doña Ana Victoria Jiménez Jiménez.—En Móstoles, a 2 de junio de 2011.

Dada cuenta; visto el contenido negativo de la diligencia practicada por el Servicio Común de Actos de Comunicación de este partido judicial que tenía por objeto la citación de “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, únase, y se acuerda suspender la comparecencia acordada para el día 7 de junio de 2011, a las nueve cuarenta y cinco horas.

Se acuerda oír a las partes en comparecencia sobre la falta de readmisión en su puesto de trabajo al demandante el día 7 de julio de 2011, a las nueve cuarenta y cinco horas.

Cítese en legal forma a la demandada por medio de edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al ser actualmente su paradero desconocido.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 2 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.130/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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