Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
29-06-2011

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110629-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Undécima

EDICTO

112
Rollo 292 de 2010

Doña Amalia Marcos Andrés, secretaria de la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid.

Hago saber: Que en esta Sección y con el número de rollo 292 de 2010 se siguen en grado de apelación los autos de juicio de menor cuantía número 199 de 1998, procedentes del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid, seguidos entre partes: de una, como apelantes, don Joaquín Palop Carvajal y doña Aniceta Carvajal Mateos, representados por el procurador don Julián del Olmo Pastor, y de otra, como apelados, “Cooperativa de Viviendas Martín Villa, Sociedad Cooperativa”, no comparecida; don Máximo Crespo Sánchez y don Mario Gerardo Muñoz Beltrán, representados por el procurador don Antonio García Martínez, y don Salvador Vázquez Lermo, representado por el procurador don Eduardo Carlos Muñoz Barona, sobre reclamación de cantidad, y en el cual, habiendo sido magistrado ponente don Jesús Gavilán López, se ha dictado con fecha 31 de marzo de 2011 sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que debemos estimar parcialmente el recurso interpuesto por la representación procesal de don Joaquín Palop Carvajal y doña Aniceta Carvajal Mateos, contra la sentencia de fecha 21 de julio de 2003, dictada por el magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Madrid, dejando sin efecto el pronunciamiento en costas de los codemandados, sin especial pronunciamiento igualmente sobre las causadas en esta segunda instancia.

Contra esta resolución no cabe recurso ordinario ni extraordinario alguno, en virtud del artículo 477 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se expide el presente, sirviendo de notificación en forma a la apelada no comparecida “Cooperativa de Viviendas Martín Villa, Sociedad Cooperativa”.

Dado en Madrid, a 6 de junio de 2011.—La secretaria (firmado).

(01/2.039/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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