Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
30-06-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110630-146

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

146
Ejecución 126 de 2010

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 126 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Irfan Muhammad Mirza y don Francisco Vieito Molina, contra la empresa “GSR Sinérgica de Seguridad, Sociedad Limitada”, y “GSR Sinérgica de Prevención, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de nulidad de fecha 30 de mayo de 2011 siguiente:

Auto

En Madrid, a 30 de mayo de 2011.—Por todo lo expuesto,

Parte dispositiva:

Dispongo:

1.o Declarar la nulidad de las actuaciones desde el auto de acumulación de fecha 4 de diciembre de 2008.

2.o Acordar la desacumulación de las demandas interpuestas por don Irfan Muhammad Mirza y don Francisco Vieito Molina, dando curso a las mismas de forma separada.

3.o Citar nuevamente a las partes a los actos de conciliación y juicio, con previa subsanación del error de registro de la demanda de don Irfan Muhammad Mirza.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Así lo acuerda, manda y firma su señoría, de lo que doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Modo de impugnarla: notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Princesa, número 2, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 2511/0000/00/número de expediente/año acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “GSR Sinérgica de Seguridad, Sociedad Limitada”, y “GSR Sinérgica de Prevención, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.360/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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