Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
01-07-2011

Sección 1.2.110.20: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110701-43

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE FAMILIA Y ASUNTOS SOCIALES

ORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO MADRILEÑO DEL MENOR Y LA FAMILIA

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RESOLUCIÓN 687/2011, de 18 de mayo, de la Directora-Gerente, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la Resolución 286/2011, de 1 de febrero, por la que se declara iniciado el procedimiento de reintegro de cantidades satisfechas indebidamente en la nómina de julio de 2010 a la trabajadora doña Encarnación Lázaro Jiménez.

La Directora-Gerente del Instituto Madrileño del Menor y la Familia ha dictado la Resolución de referencia por la que se declara iniciado el procedimiento de reintegro de cantidades satisfechas indebidamente en la nómina a la trabajadora doña Encarnación Lázaro Jiménez. La notificación a la interesada se ha intentado conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar la Resolución 286/2011, de 1 de febrero, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, se informa al interesado de que también se efectúa la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

ANEXO

Con fecha 11 de febrero de 2010, doña Encarnación Lázaro Jiménez, con NIF 06964253-Z, y el Instituto Madrileño del Menor y la Familia suscribieron un contrato de interinidad para la sustitución de un trabajador en situación de incapacidad temporal. La finalización del contrato se produjo el 20 de julio de 2010, por la incorporación del trabajador sustituido.

Dado que en la fecha del cese la nómina correspondiente al mes de julio ya se encontraba cerrada, no fue posible rectificar las cantidades a abonar, por lo que recibió los importes correspondientes a todo el mes de julio de 2010. La cantidad líquida que percibió el interesado fue de 941,79 euros, cuando realmente debería haber percibido 605,74 euros, por lo que recibió haberes retributivos incorrectos por un importe líquido de 336,05 euros.

Por tanto, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden de 23 de mayo de 2001, del Consejero de Presidencia y Hacienda, por la que se establece el procedimiento de reintegro de las cantidades satisfechas indebidamente en nómina por el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid ( BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de junio de 2001), y en uso de las atribuciones conferidas a este órgano administrativo por el artículo 7.8, en relación con el artículo 5.a.3) del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, y vista la propuesta de la Subdirección de Personal,

RESUELVO

Primero

Acordar el inicio del expediente administrativo de reintegro de cantidades indebidas satisfechas en la nómina del mes de julio de 2010, por un importe total líquido de 336,05 euros, por doña Encarnación Lázaro Jiménez, con NIF 06964253-Z.

Segundo

Abrir un plazo de trámite de audiencia de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la presente Resolución, para que el interesado, si lo estima conveniente, realice las alegaciones y aporte los documentos oportunos ante este Órgano Administrativo, para lo cual se podrá personar en la Subdirección General de Personal del Instituto Madrileño del Menor y la Familia, Gran Vía, número 14, quinta planta, 28013 Madrid.

Tercero

Indicar que, según establece el artículo 4.2 de la Orden de 23 de mayo de 2001, del Consejero de Presidencia y Hacienda, por la que se establece el procedimiento de reintegro de las cantidades satisfechas indebidamente en nómina por el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, en el trámite de audiencia será posible la cancelación de la deuda.

Madrid, a 18 de mayo de 2011.—La Directora-Gerente, Paloma Martín Martín.

(03/23.435/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.110.20: I. COMUNIDAD DE MADRID

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