Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
06-07-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110706-151

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

151
Demanda 331 de 2011

Doña Sagrario Coteño del Reino, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 331 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Yolanda Valcárcel Míguez, contra Fondo de Garantía Salarial y “Menage GH Parq, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 30 de mayo de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por doña Yolanda Valcárcel Míguez, contra “Menage GH Parq, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de dicha actora, llevado a cabo por la referida empresa con efectos de 25 de enero de 2011, declarando, asimismo, extinguida la relación laboral que vinculaba a las partes con efectos de esta fecha al no ser ya posible que la readmisión llegue a producirse, condenando a la demandada a abonar a la trabajadora la cantidad de 15.987,47 euros en concepto de indemnización por tal extinción y la cantidad de 4.954,31 euros en concepto de salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta el día de hoy.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Menage GH Parq, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.274/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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