Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
06-07-2011

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110706-119

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE VALDEMORO NÚMERO 3

EDICTO

119
Expediente dominio 610 de 2010

Doña Esther Leo Abad, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Valdemoro.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento de expediente de dominio, exceso de cabida número 610 de 2010, a instancias de don Benito Bayona Martínez y doña María Rodríguez Martín, expediente de dominio para hacer constar la mayor cabida de la siguiente finca:

Urbana.—Casa en Ciempozuelos (Madrid), que ocupa una extensión superficial de 80 metros cuadrados, aproximadamente, sobre solar de 241,07 metros cuadrados, en la calle San José, número 37, hoy número 36, compuesta de una sola planta.

Inscripción: en el Registro de la Propiedad de Valdemoro al tomo 874, libro 181 de Ciempozuelos, folio 192, finca número 11.309.

Por el presente, y en virtud de lo acordado en diligencia de ordenación de esta fecha, se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

Asimismo, se cita a don Benito Bayona Martínez, doña María Rodríguez Martín, don Tomás Panadero Ruiz, herederos de doña Isabel Crespo Vaquero, don José Arenas Arenas, herederos de doña María Soledad Dosal Dosal, herederos de doña Francisca Solera Viana y propietario de la finca sita en la calle del Valle, número 39 (Ciempozuelos), para que dentro del término anteriormente expresado puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Valdemoro, a 16 de febrero de 2011.—El secretario (firmado).

(02/3.915/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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