Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
06-07-2011

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110706-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Delegación funciones

En armonía con lo dispuesto en la legislación vigente, la Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme a lo establecido en los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Razones de oportunidad, conveniencia y eficacia en aras de una mejora de agilización de los servicios, salvo las Áreas de Turismo y Desarrollo Local, que serán asumidas por la Alcaldía, aconsejan delegar las atribuciones en las siguientes materias y señores concejales que se indican:

1. Concejal-delegado de Obras Públicas, Servicios Municipales y Seguridad, don Manuel Jesús García Sanz.

2. Concejal-delegado de Hacienda, Personal, Consumo, Comercio e Industria, don Daniel Martín Izquierdo.

3. Concejala-delegada de Servicios Sociales, Mujer, Mayores, Cultura y Educación, doña Candelas Matilde Pontón Montalvo.

4. Concejal-delegado de Deportes, Juventud y Protección Civil, don Justo Navarro Gil.

5. Concejala-delegada de Sanidad, Urbanismo, Urbanizaciones, Medio Ambiente, Parques y Jardines, doña Fátima Rivas Valls.

6. Concejal-delegado de Festejos y Familia, don Juan Ramón Castejón López.

Las delegaciones comprenderán las materias expresadas que incluirán aquellas facultades que sean precisas para gestionar las mismas, quedando excluidas las facultades de revisión de los actos administrativos dictados frente a terceros.

Los concejales-delegados quedan obligados a informar a esta Alcaldía, a posteriori, de las gestiones o disposiciones que dicten, y, previamente, de las decisiones de trascendencia para terceros, en los términos previstos en el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

La presente delegación de funciones se lleva a cabo de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 43.3, 44, 45, 120 y 121 del antes citado Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

Notifíquese la presente delegación de funciones a los interesados, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 44.4 del tan repetido Reglamento, dese cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Becerril de la Sierra, a 17 de junio de 2011.—El alcalde, José Conesa López.

(03/23.082/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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