Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
12-07-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110712-167

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

167
Demanda 76 de 2011

Don Francisco Javier Mendoza Castellano, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 76 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elisa Moreno Robado, contra las empresas “Desarrollos Empresariales El Tormes, Estructuras y Cerrajerías, Sociedad Limitada”, y “Construcciones y Rehabilitaciones Madrid El Tormes, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado citación a incidente, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Francisco Javier Mendoza Castellano.—En Madrid, a 10 de junio de 2011.

Por presentados los precedentes escritos por la parte demandante, admítanse, únanse a los autos de su razón, dese traslado de los mismos a la contraparte y visto su contenido, cítese a las partes de comparecencia de conformidad con lo establecido en el artículo 296 de la Ley de Procedimiento Laboral, señalándose el día 21 de julio de 2011 a las nueves cinco horas, en la Sala de vistas de este Juzgado sito en la calle Princesa, número 3, octava planta, con la prevención de tener por desistido a la trabajadora de su solicitud en caso de incomparecencia si consta debidamente citada, y de celebrar dicho acto sin la asistencia de las demandadas y si no comparecen. Acto en el que serían examinadas las partes sobre los hechos alegados, admitiéndose las pruebas solicitadas, citándose al efecto al representante legal de la empresa para la práctica del interrogatorio y requiriéndose a dicha parte para que aporte los documentos solicitados.

Y dada la incidencia de la actual situación laboral de la trabajadora en los salarios de tramitación a que se refiere el artículo 279.2.c) de la Ley de Procedimiento Laboral, en relación con el artículo 209 de la Ley de Seguridad Social, de conformidad con el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial y Tesorería General de la Seguridad Social únase a autos informe de vida laboral de la misma desde la fecha del despido hasta esta fecha.

Asimismo, no ha lugar a las medidas solicitadas para el cumplimiento de la sentencia ni al embargo preventivo, por no ser este el momento procesal oportuno.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Desarrollos Empresariales El Tormes, Estructuras y Cerrajerías, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de junio de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/23.809/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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