Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
12-07-2011

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110712-14

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2011, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre autorización administrativa de instalaciones eléctricas y aprobación del proyecto de construcción de la subestación “Mirador Sur”, de 132/15 kV, en avenida Juan Carlos I, sin número, en el término municipal de Rivas-Vaciamadrid, solicitada por “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”.

2010P877

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 3 de diciembre 2010 tiene entrada en esta Dirección General escrito de “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”, en el que se solicita la autorización administrativa y la aprobación de proyecto de construcción de la subestación “Mirador Sur”, de 132/15 kV, del que se acompaña el correspondiente proyecto de ejecución, firmado por don Carlos Cristóbal Dolado, visado con número 201009818, de fecha 18 de octubre de 2010 en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid.

Segundo

Por parte de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de octubre de 2010).

Tercero

Con fecha 24 de marzo de 2011 se aporta resolución SEA 9.42/10 emitida por la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid de 1 de marzo de 2011, en la que se indica la no necesidad de someter el citado proyecto al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental al que se refiere la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de julio de 2002), y modificada por la Ley 2/2004, de 31 de mayo, de Medidas Fiscales y Administrativas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de junio de 2004).

Cuarto

En la tramitación del expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984 (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de octubre de 1984), el Decreto 25/2009, de 18 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de marzo de 2009), en relación con la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico (“Boletín Oficial del Estado” de 28 de noviembre de 1997); el Decreto 70/2010, de 7 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de octubre de 2010), para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión; el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000) por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de octubre de 1997); la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía del suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 16 de marzo de 2007); el Reglamento de Líneas de Alta Tensión aprobado por Real Decreto 223/2008 (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de marzo de 2008), el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, Real Decreto 3275/1982 (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de febrero de 1982) y sus instrucciones técnicas complementarias (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto de 1984).

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente, se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en la normativa citada anteriormente en materia de instalaciones eléctricas.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de las atribuciones legalmente establecidas,

RESUELVE

Primero

Autorizar a “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”, la construcción de la subestación “Mirador Sur” (2010P877 USE226), en avenida Juan Carlos I, sin número, en el término municipal de Rivas-Vaciamadrid, con coordenadas UTM: X = 456524 e Y = 4465841, que consiste en:

— Sistema de 132 kV:

Interior, aislamiento SF6, doble barra:

l Dos posiciones de línea (Mercamadrid y Loeches).

l Una posición de medida.

l Tres posiciones de protección de transformador.

l Una posición de acoplamiento transversal.

— Transformación:

l Tres transformadores de potencia de 30 MVA y relación de transformación 132/15 kV.

— Sistema de 15 kV:

Interior, aislamiento SF6, doble barra partida:

l Dieciséis posiciones de línea.

l Tres posiciones de protección de transformador.

l Dos posiciones de medida.

l Seis otras posiciones.

— Protecciones contra incendios:

Red de detectores automáticos y pulsadores de alarma conectados a una centralita.

— Elementos auxiliares:

l Dos transformadores de servicios auxiliares de 160 kVA de potencia y relación de transformación 15/0,4 kV.

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los Reglamentos vigentes.

2. Deberá cumplir las condiciones expresadas en la Resolución emitida por la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid de fecha 1 de marzo de 2011 (SEA 9.42/10), y someter la instalación al procedimiento de evaluación ambiental de actividades, de competencia municipal.

3. El plazo de ejecución de la instalación será de doce meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la autorización, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.

Tercero

La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de otras autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes, así como de los propietarios de locales o terrenos.

Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid conforme determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, a 2 de junio de 2011.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(02/5.734/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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