Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
14-07-2011

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110714-128

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42

EDICTO

128
Juicio de faltas 114 de 2011

Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretaria del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 114 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Don Agustín Morales Pérez-Roldán, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid, ha visto el juicio de faltas seguido en este Juzgado bajo el número 114 de 2011, sobre amenazas, en virtud de denuncia, habiendo sido partes el ministerio fiscal, en representación de la acción pública, y como denunciado don Vasile Mugurel Feraru.

Que debo condenar y condeno a don Vasile Mugurel Feraru, como autor responsable de una falta de amenazas, a la pena de multa de quince días, con cuotas diarias de 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas, y al pago de las costas procesales si procediese su devengo por conceptos necesarios.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación, mediante escrito dirigido a este Juzgado, permaneciendo durante dicho plazo las actuaciones a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará el trámite previsto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.—Rubricado ilegible.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Vasile Mugurel Feraru, expido la presente en Madrid, a 13 de junio de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/23.218/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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