Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
15-07-2011

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110715-112

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO

OTROS ANUNCIOS

112
Convocatoria puesto juez de paz

Don Julio Sánchez Alarilla, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio.

Hago saber: Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas juez de paz, titular y sustituto, de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales, lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

Los solicitantes deberán ser españoles, mayores de edad y no estar incursos en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

A las solicitudes se acompañarán necesariamente los siguientes documentos:

— Fotocopia del documento nacional de identidad.

— Certificado negativo de antecedentes penales.

— Relación de méritos que pudieran ser tenidos en cuenta.

— Declaración jurada de no estar incurso en alguna de las causas de incompatibilidad previstas en el artículo 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con los artículos 13 y siguientes del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el acuerdo al Juzgado de primera instancia del partido.

Lo que se publica para general conocimiento.

En Velilla de San Antonio, a 30 de junio de 2011.—El alcalde-presidente, Julio Sánchez Alarilla.

(03/24.263/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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