Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
20-07-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110720-165

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

165
Demanda 927 de 2010

Don Francisco Javier Mendoza Castellano, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 927 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio Rozas Blanco, don Manuel Monjo Fernández, don Julián Solano Monjo, don Luis Arturo Montero Haro, don Jorge Marciel Díaz, doña Carmen Victoria Jara Guzmán, doña Grethy Ángeles Chumbi Sigcho y doña Adriana Elvira Eguez Pino, contra doña María Teresa Villanueva Díaz, don José Luis Villanueva Díaz, doña María Luisa Villanueva Díaz, “CB Estación de Carburantes Martínez Unciti”, doña María Paz Martínez Isidoro, don Ricardo Martínez Isidoro y doña Sabina María Paz Santos Martínez, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 250 de 2011

En Madrid, a 15 de junio de 2011.—Doña Henar Merino Senovilla, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos con número 927 de 2010, sobre cantidad, entre las siguientes partes: de una, y como demandantes, don José Antonio Rozas Blanco, don Manuel Monjo Fernández, don Julián Solano Monjo, don Luis Arturo Montero Haro, don Jorge Marciel Díaz, doña Carmen Victoria Jara Guzmán, doña Grethy Ángeles Chumbi Sigcho y doña Adriana Elvira Eguez Pino, que comparecen representados y asistidos por letrado, y de otra, como demandados, “CB Estación de Servicios de Carburantes Martínez Unciti”, doña María Teresa Villanueva Díaz, don José Luis Villanueva Díaz, doña María Luisa Villanueva Díaz, doña María Paz Martínez Isidoro, don Ricardo Martínez Isidoro y doña Sabina María Paz Santos Martínez, que comparecen representados y asistidos de letrado, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que no apreciando las excepciones planteadas por los demandados y sobre las que se ha razonado detalladamente, se estima la demanda interpuesta por don José Antonio Rozas Blanco, don Manuel Monjo Fernández, don Julián Solano Monjo, don Luis Arturo Montero Haro, don Jorge Marciel Díaz, doña Carmen Victoria Jara Guzmán, doña Grethy Ángeles Chumbi Sigcho y doña Adriana Elvira Eguez Pino, contra la parte demandada “CB Estación de Servicios de Carburantes Martínez Unciti”, doña María Teresa Villanueva Díaz, don José Luis Villanueva Díaz, doña María Luisa Villanueva Díaz, doña María Paz Martínez Isidoro, don Ricardo Martínez Isidoro y doña Sabina María Paz Santos Martínez, y debo condenar y condeno a la parte demandada al abono a los actores de las cantidades que a continuación se especifican, y en los porcentajes que se detallan a continuación para cada demandado:

Doña María Teresa Villanueva Díaz en un 8,33 por 100 de todas las cantidades, don José Luis Villanueva Díaz en un 8,33 por 100, doña María Luisa Villanueva Díaz en un 8,33 por 100, doña María Paz Martínez Isidoro en un 12,5 por 100, don Ricardo Martínez Isidoro en un 12,5 por 100, doña Sabina María Paz Santos Martínez en un 25 por 100.

Respecto a las cantidades a las que se condena al abono de los actores son las siguientes:

A don José Antonio Rozas Blanco se le adeuda la cantidad de 10.646,64 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 2.812,26 euros en concepto de liquidación.

A don Manuel Monjo Fernández: se le adeuda la cantidad de 10.308,06 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 2.871,41 euros en concepto de liquidación.

A don Julián Solano Monjo se le adeuda la cantidad de 9.465,66 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 2.592,27 euros en concepto de liquidación.

A don Luis Arturo Montero Haro se le adeuda la cantidad de 2.368,85 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 2.099,47 euros en concepto de liquidación.

A don Jorge Marciel Díaz se le adeuda la cantidad de 1.676,88 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 1.913,23 euros en concepto de liquidación.

A doña Carmen Victoria Jara Guzmán se le adeuda la cantidad de 1.625,56 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 1.913,23 euros en concepto de indemnización.

A doña Grethy Ángeles Chumbi Sigcho se le adeuda la cantidad de 1.305,43 euros en concepto de indemnización la cantidad de 1.913,23 euros en concepto de liquidación.

A doña Adriana Elvira Eguez Pino se le adeuda la cantidad de 1.227,94 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 715 euros en concepto de liquidación.

Y se condena a los demandados a estar y pasar por la presente resolución con todas las consecuencias jurídicas inherentes a tal declaración.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “CB Estación de Carburantes Martínez Unciti”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de junio de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/23.755/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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