Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
22-07-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110722-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 42

EDICTO

102
Procedimiento ordinario 1.356 de 2006

Doña María Leonor de Elena Murillo, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 42 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo, y con el número 1.356 de 2006, se sigue proceso de juicio ordinario a instancias de la procuradora doña Concepción Fuertes Suárez, en nombre y representación de doña Isabel Marsan Astoreca, doña María Marsans Astoreca, doña Andrea Klamar Marsans, doña Aletta Marsans Klamar, don Marco Marsans Klamar y don Hugo Marsans Klamar, contra doña Cristina y doña Elena Marsans Astoreca. En el procedimiento de referencia se ha dictado auto de 22 de febrero de 2011, con la parte dispositiva del tenor literal siguiente:

Debo decretar y decreto la terminación del presente procedimiento y debo condenar y condeno a los actores al pago de las costas de estas actuaciones.

Contra la presente resolución cabe preparar recurso de apelación en el plazo de cinco días en este Juzgado, y para que ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, y conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, para la interposición de dicho recurso se deberá depositar en la cuenta de este Juzgado la cantidad de 50 euros.

Así por este auto, del que se llevará certificación al procedimiento de que dimana, lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Eduardo Delgado Hernández, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 42 de Madrid.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Elena Marsans Astoreca, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 30 de junio de 2011.—La secretaria (firmado).

(02/6.319/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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