Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
22-07-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110722-149

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

149
Demanda 656 de 2010

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 656 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ismael Trasmonte Borrajo, contra las empresas “Ferrovial Agromán, Sociedad Anónima”, y “Ferrallas RSM, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Ana Belén Requena Navarro.—En Madrid, a 4 de julio de 2011.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que se ha procedido a suspender la vista señalada para el día de hoy (4 de julio de 2011), a las nueve y treinta horas, señalándose de nuevo para el día 13 de febrero de 2012, a las nueve y treinta horas, en la Sala de este Juzgado sita en la calle Princesa, número 3.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ferrallas RSM, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de julio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.322/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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