Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
22-07-2011

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110722-67

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES

OTROS ANUNCIOS

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Elección jueces de paz, titular y sustituto

En cumplimiento y a efectos de lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en los artículos 4 y 5 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, se hace público que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas jueces de paz, titular y sustituto, de este municipio, por lo que las personas interesadas en ser elegidas para dichos cargos y que reúnan las condiciones legales deberán solicitarlo de acuerdo con las siguientes normas:

a) Plazo: quince días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Forma: solicitud que deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

c) Las solicitudes deberán contener, además de los datos del artículo 70 de la Ley 30/1992, la declaración responsable de que el interesado no se encuentra incurso en ninguna de las causas previstas de incapacidad o de incompatibilidad para el desempeño de las funciones judiciales, a excepción del ejercicio de actividades profesionales o mercantiles. En todo caso, tendrá compatibilidad el ejercicio de actividades profesionales o mercantiles que no impliquen asesoramiento jurídico de ningún tipo y que, por su naturaleza, no sean susceptibles de impedir o menoscabar su imparcialidad o independencia, ni puedan interferir en el estricto cumplimiento de los deberes judiciales.

En la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etcétera.

Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el acuerdo al Juzgado de primera instancia del partido.

En Hoyo de Manzanares, a 5 de julio de 2011.—El alcalde, José Ramón Regueiras García.

(03/25.318/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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