Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
22-07-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110722-190

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

190
Demanda 253 de 2010

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 253 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Sánchez Pantoja, contra la empresa “Solex Visión Artificial, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 49 de 2011

En Madrid, a 7 de febrero de 2011.—Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Daniel Sánchez Pantoja, que comparece asistido de la letrada doña Yolanda Chica Nieto, y de otra, como demandada, “Solex Visión Artificial, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que con estimación de la demanda presentada por don Daniel Sánchez Pantoja, contra “Solex Visión Artificial, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar al actor la cantidad de 16.487,96 euros por los conceptos de la demanda.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Solex Visión Artificial, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de junio de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/24.294/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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