Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
23-07-2011

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110723-19

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

19
Designación titulares Concejalías-Delegadas

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales se hace público extracto del decreto de Alcaldía 1378/2011, de 13 de junio, sobre determinación, titulares y competencia de las Concejalías-Delegadas, cuyo texto en la parte dispositiva es el siguiente:

Designar como titulares de las Concejalías-Delegadas a los concejales siguientes:

— Doña Manuela Gómez González, titular de la Concejalía-Delegada de Educación, Familia e Infancia.

— Don Jesús Serrada Díaz, titular de la Concejalía-Delegada de Medio Ambiente y Transportes.

— Don Valentín Panojo Gutiérrez, titular de la Concejalía-Delegada de Juventud y Deportes.

— Don Francisco Javier Juárez de la Morena, titular de la Concejalía-Delegada de Obras y Servicios.

— Doña María del Carmen Posada Martínez, titular de la Concejalía-Delegada de Servicios Sociales, Personas con Discapacidad y Sanidad.

— Doña María Olimpia Zelaya Boquín, titular de la Concejalía-Delegada de Inmigración y Cooperación al Desarrollo.

— Don Antonio Gallardo Palomero, titular de la Concejalía-Delegada de Promoción del Mayor y Participación Ciudadana.

Delegar en las personas titulares de las Concejalías-Delegadas, dentro del ámbito de atribuciones de titularidad de la Alcaldía delegables y no reservadas expresamente, y sin perjuicio de la función resolutoria delegada sobre determinadas materias en la Junta de Gobierno Local, el ejercicio de las funciones siguientes:

a) Planificación, que comprende las facultades de elaborar estudios, fijar prioridades y objetivos en las políticas municipales, y darles seguimiento y evaluarlas.

b) Gestión, que comprende las facultades de impulsar, dirigir e inspeccionar actividades, servicios y el personal municipal, mediante órdenes, instrucciones y circulares; administrar los créditos presupuestarios asignados mediante solicitudes de retención de los mismos; emitir y rectificar actos de mero trámite procedimental mediante providencias y elevar propuestas de resolución al órgano competente; formular propuestas de actuación a otros órganos municipales, y ejecutar y dar seguimiento a las decisiones municipales.

Dicha función incluye, asimismo, la gestión de los procedimientos en materia de contratación del Sector Público; subvenciones, becas, ayudas y premios; convenios de colaboración, encomiendas de gestión y encargos de ejecución, y sanciones, todos ellos en su respectivo ámbito de competencia material.

c) Coordinación externa, que comprende las facultades de dirigir e impulsar las relaciones de colaboración y cooperación entre la Administración Municipal y otras personas y entidades, públicas o privadas, y ejercer la representación ordinaria en actos correspondientes a los mismos, si no estuviese presente o especialmente representada la Alcaldía.

d) Firma de actas, anuncios y oficios que no precisen de aprobación o que hubieran sido aprobados, así como la orden de expedición y visto bueno de certificaciones de resoluciones administrativas que hubiesen dictado, todos ellos en su respectivo ámbito de competencia material, reservándose la Alcaldía la firma de los libros de actas y resoluciones, de actas de toma de posesión y en materia de expropiación forzosa, de pactos, acuerdos y convenios en materia de personal, de escrituras públicas y otros documentos notariales, así como de los documentos en materia de ordenación del pago, de administración de fondos municipales y control de los mismos.

Las funciones establecidas en los apartados anteriores se desarrollaran por aquellos órganos municipales a los que correspondan en el marco y de acuerdo con las directrices establecidas por la Alcaldía y el Equipo de Gobierno, correspondiendo a la persona titular del Área de Gobierno a la que estén adscritas, y dentro los ámbitos materiales de competencia de la Concejalía-Delegada, tanto el ejercicio de la función de dictar resoluciones administrativas con efectos jurídicos frente a terceros como la firma de contratos y convenios.

Delegar en la persona titular de la Concejalía-Delegada de Educación, Familia e Infancia, dentro del ámbito de atribuciones de titularidad de la Alcaldía delegables y no reservadas expresamente, el ejercicio de las funciones señaladas en el pronunciamiento tercero sobre los siguientes ámbitos materiales:

a) Educación: servicios, actuaciones, centros docentes e instalaciones de titularidad municipal y carácter educativo, en colaboración con las restantes administraciones educativas.

b) Familia: servicios, actuaciones e instalaciones destinadas a la protección y promoción de la familia.

c) Infancia: servicios, actuaciones e instalaciones destinadas a la protección y promoción de la población infantil.

Delegar en la persona titular de la Concejalía-Delegada de Medio Ambiente y Transportes, dentro del ámbito de atribuciones de titularidad de la Alcaldía delegables y no reservadas expresamente, el ejercicio de las funciones señaladas en el pronunciamiento tercero sobre los siguientes ámbitos materiales:

a) Medio ambiente: servicios, actuaciones e instalaciones destinadas a la protección y promoción del medio natural conforme a criterios de sostenibilidad y de eficiencia y ahorro energético.

b) Transportes: servicios, actuaciones e instalaciones en materia de circulación de vehículos y personas en vías de competencia municipal, transporte público y educación vial.

Delegar en la persona titular de la Concejalía-Delegada de Juventud y Deportes, dentro del ámbito de atribuciones de titularidad de la Alcaldía delegables y no reservadas expresamente, el ejercicio de las funciones señaladas en el pronunciamiento tercero sobre los siguientes ámbitos materiales:

a) Juventud: servicios, actuaciones e instalaciones destinadas a la protección y promoción de la población joven.

b) Deportes: servicios, actuaciones e instalaciones destinadas a facilitar y promocionar la práctica individual y organizada y las competiciones deportivas, el ocio y el tiempo libre, en el marco de la ordenanza reguladora de servicios e instalaciones deportivas municipales del Ayuntamiento de Tres Cantos y del resto del ordenamiento jurídico.

Delegar en la persona titular de la Concejalía-Delegada de Obras y Servicios, dentro del ámbito de atribuciones de titularidad de la Alcaldía delegables y no reservadas expresamente, el ejercicio de las funciones señaladas en el pronunciamiento tercero sobre los siguientes ámbitos materiales:

a) Obras: obras, zonas verdes y espacios públicos, así como mobiliario urbano, sin perjuicio de la competencia del Área de Gobierno de adscripción en materia de infraestructuras urbanas.

b) Servicios: alumbrado público, residuos urbanos, limpieza viaria, abastecimiento de agua potable, saneamiento y alcantarillado, pavimentación de vías públicas, mantenimiento de edificios e instalaciones municipales y otros servicios análogos.

Delegar en la persona titular de la Concejalía-Delegada de Servicios Sociales, Personas con Discapacidad y Sanidad, dentro del ámbito de atribuciones de titularidad de la Alcaldía delegables y no reservadas expresamente, el ejercicio de las funciones señaladas en el pronunciamiento tercero sobre los siguientes ámbitos materiales:

a) Servicios Sociales: servicios, actuaciones e instalaciones destinadas a la protección social de la ciudadanía, en colaboración con las restantes Administraciones competentes.

b) Personas con discapacidad: servicios, actuaciones e instalaciones destinadas a la protección específica de las personas con discapacidad, en colaboración con las restantes Administraciones competentes.

c) Sanidad: servicios, actuaciones e instalaciones destinadas a la protección y promoción de la salud y salubridad públicas, en colaboración con las restantes Administraciones competentes.

Delegar en la persona titular de la Concejalía-Delegada de Inmigración y Cooperación al Desarrollo, dentro del ámbito de atribuciones de titularidad de la Alcaldía delegables y no reservadas expresamente, el ejercicio de las funciones señaladas en el pronunciamiento tercero sobre los siguientes ámbitos materiales:

a) Inmigración: servicios, actuaciones e instalaciones destinadas a la protección y promoción de la integración de la población inmigrante.

b) Cooperación al desarrollo: servicios, actuaciones e instalaciones destinadas a la promoción del voluntariado y la cooperación económica con otros países o entidades de los mismos.

Delegar en la persona titular de la Concejalía-Delegada de Promoción del Mayor y Participación Ciudadana, dentro del ámbito de atribuciones de titularidad de la Alcaldía delegables y no reservadas expresamente, el ejercicio de las funciones señaladas en el pronunciamiento tercero sobre los siguientes ámbitos materiales:

a) Promoción del mayor: servicios, actuaciones e instalaciones destinadas a la protección y promoción de las personas mayores.

b) Participación ciudadana: servicios, actuaciones e instalaciones destinadas a facilitar la información y participación de la ciudadanía en la gestión de los asuntos públicos municipales, así como las relaciones con las Entidades Locales tricantinas, en el marco de la Carta de Información y Participación Ciudadana de Tres Cantos y del resto del ordenamiento jurídico.

En Tres Cantos, a 4 de julio de 2011.—El alcalde-presidente, José Folgado Blanco.

(03/25.260/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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