Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
26-07-2011

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110726-52

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

52
Modificación ordenanzas fiscales

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión plenaria celebrada el día 29 de junio de 2011, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, según establece el artículo 17, puntos 3 y 4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 39/1988, Reguladora de las Haciendas Locales.

Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas por el grupo municipal de Izquierda Unida el 25 de mayo de 2011, número de registro 9876 primera y tercera 2.o, contra la aprobación provisional de la modificación de ordenanzas fiscales de tasas para el ejercicio 2011.

Segundo.—Inadmitir el resto de alegaciones presentadas por el interesado.

Tercero.—Aprobar la actualización y modificación de las siguientes ordenanzas fiscales en sus artículos correspondientes a cuotas y tarifas:











Cuarto.—Publicar el texto íntegro de la presente modificación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, indicando que, contra el acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden presentar recurso contencioso-administrativo ante los órganos de esta jurisdicción en el plazo de dos meses a contar desde al día siguiente a su publicación.

Quinto.—Facultar al alcalde para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.1 de la Ley de Bases de Régimen Local y el artículo 17.4 de texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, la presente modificación entrará en vigor y comenzarán a aplicarse al día siguiente de su publicación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y permanecerán vigentes hasta su derogación.

Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación de esta notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro que estime conveniente.

Majadahonda, a 4 de julio de 2011.—El alcalde-presidente, Narciso de Foxá y Alfaro.

(03/26.034/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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