Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
26-07-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110726-115

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

115
Ejecución 36 de 2011

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 36 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Arturo Raúl Vilca Ventura, contra la empresa “Solutio Asistencia Total Industrial, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de fecha 14 de junio de 2011 del tenor literal siguiente:

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Ángel Luis del Olmo Torres.—En Madrid, a 14 de junio de 2011.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 26 de octubre de 2010 a favor de la parte ejecutante don Arturo Raúl Vilca Ventura, frente a “Solutio Asistencia Total Industrial, Sociedad Limitada”, y “Construcciones MS, Sociedad Anónima”, por un principal de 7.589,83 euros, correspondiendo de forma solidaria a ambas empresas la cantidad de 5.648,51 euros y únicamente a “Solutio Asistencia Total Industrial, Sociedad Limitada”, la cantidad de 1.941,32 euros.

Decreto

Secretaria judicial, doña María José González Huergo.—En Madrid, a 14 de junio de 2011.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Requerir de pago a “Solutio Asistencia Total Industrial, Sociedad Limitada”, y “Construcciones MS, Sociedad Anónima”, por la cantidad reclamada de 7.589,83 euros de principal, correspondiendo de forma solidaria a ambas empresas la cantidad de 5.648,51 euros y únicamente a “Solutio Asistencia Total Industrial, Sociedad Limitada”, la cantidad de 1.941,32 euros.

El embargo de los bienes de la ejecutada “Construcciones MS, Sociedad Anónima”, que se encuentren en su domicilio, sito en la calle Arturo Soria, número 97, de Madrid. A tal fin, líbrese testimonio de la presente resolución al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública.

Realizar consulta sobre bienes y derechos de la parte ejecutada a través de los servicios telemáticos del Punto Neutro Judicial y, visto el resultado, que se une a los autos, acuerdo:

El embargo de los saldos favorables y depósitos existentes en las cuentas bancarias abiertas en entidades financieras a nombre de las ejecutadas, y librándose a tal fin los correspondientes oficios a las siguientes entidades bancarias:

Respecto a “Solutio Asistencia Total Industrial, Sociedad Limitada”: “Citibank España”, “Caixa d’Estalvis del Penedés”, “La Caixa”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Banco de Santander”, “Caja de Madrid” y “Banco Popular Español”.

Respecto a “Construcciones MS, Sociedad Anónima”, “Citibank España”, “Caja Madrid”, “Caja de Ahorros del Mediterráneo”, “Caja de Ahorros de Zaragoza, Aragón y La Rioja” (“Ibercaja”), “Banco Santander” y “Caja de Ahorros Inmaculada Aragón”.

El embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Agencia Tributaria a la parte ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la cuenta de este Juzgado.

Librar mandamiento al Registro de la Propiedad número 36 de Madrid, para que informe a este Juzgado sobre las fincas que consten como titularidad de las ejecutadas, así como para que remita a este Juzgado certificación sobre cargas y demás datos que pudieran permitir el posterior embargo de las mismas.

Unir la investigación de bienes obtenida del Punto Neutro Judicial: negativa del Catastro y de la Dirección General de Tráfico respecto a la empresa “Solutio Asistencia Total Industrial, Sociedad Limitada”, y positiva de la otra empresa ejecutada “Construcciones MS, Sociedad Anónima”, a la espera del resultado de la notificación y requerimiento del auto y del presente decreto de fecha 14 de junio de 2011.

Y estando en paradero desconocido la ejecutada “Solutio Asistencia Total Industrial, Sociedad Limitada”, notifíquese la presente resolución por edictos.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Solutio Asistencia Total Industrial, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.603/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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