Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
28-07-2011

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110728-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Pleno del Ayuntamiento

52
Precio público factorías industriales

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 20 de julio de 2011, adoptó el siguiente acuerdo:

“Modificar, con efectos desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el anexo del acuerdo de 28 de octubre de 2010, del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba el establecimiento del precio público por la prestación de servicios en las factorías industriales de la Agencia de Desarrollo Económico Madrid Emprende, en los términos que figuran en el anexo del presente acuerdo”.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición, ante el propio Pleno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fecha indicada. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Caso de interponerse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa de aquel o su desestimación presunta (artículo 116.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

ANEXO

Artículo único. Modificación del anexo del acuerdo de 28 de octubre de 2010, del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba el establecimiento del precio público por la prestación de servicios en las factorías industriales de la Agencia de Desarrollo Económico Madrid Emprende.—El anexo del acuerdo de 28 de octubre de 2010, del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba el establecimiento del precio público por la prestación de servicios en las factorías industriales de la Agencia de Desarrollo Económico Madrid Emprende, queda modificado como sigue:

Uno. El párrafo segundo del apartado 1 queda redactado en los siguientes términos:

“Además del derecho a utilizar la nave de uso industrial por el tiempo establecido, de acuerdo con las reglas internas de organización y funcionamiento de la factoría, así como de las de adjudicación de las naves correspondientes, se prestarán los siguientes servicios: asistencia técnica y asesoramiento a las empresas y, respecto de las zonas comunes, recepción, vigilancia, seguridad, limpieza, mantenimiento y gastos de luz, de agua y de climatización”.

Dos. El párrafo segundo del apartado 3 queda redactado en los siguientes términos:

“Quienes opten a la autorización deberán ser pequeñas y medianas empresas (pymes) que tengan una antigüedad máxima en el negocio de ocho años, y que cuenten con Plan de Empresa Viable, debiendo ser autorizados a partir de la selección que, conforme a las bases de la convocatoria pública, ha de realizarse”.

Tres. El párrafo tercero del apartado 3 queda redactado en los siguientes términos:

“Dichas autorizaciones se concederán por un período máximo de diez años”.

Madrid, a 20 de julio de 2011.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/26.900/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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