Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
29-07-2011

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110729-68

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COBEÑA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

68
Nombramientos y delegaciones

Tras la celebración de las elecciones municipales el día 22 de mayo de 2011, y habiéndose procedido el día 11 de junio de 2011 a la constitución de la nueva Corporación Local, se hacen públicos, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 44.2 y 46.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento, los nombramientos y delegaciones efectuados por esta Alcaldía mediante los decretos 325, 326 y 328 que a continuación se indican:

Tenientes de Alcalde (decreto 325/2011):

— Don Pedro Antonio López Navaro.

— Don Ignacio Hidalgo Béjar.

— Doña María José Vidal Fortea.

A los tenientes alcalde nombrados les corresponde, en cuanto a tales, sustituir al alcalde en la totalidad de sus funciones y por el orden de nombramiento en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibiliten a este para el ejercicio de sus atribuciones.

Se delega de forma indistinta en los tres tenientes de alcalde las competencias que a esta Alcaldía otorga el artículo 51.1 del Código Civil, en la redacción dada por la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, para autorizar los matrimonios civiles que se celebren en el término municipal.

Junta de Gobierno Local (decreto 326/2011):

— Don Pedro Antonio López Navarro.

— Don Ignacio Hidalgo Béjar.

— Doña María José Vidal Fortea.

— Doña Gema García Gómez.

Corresponde a la Junta de Gobierno Local, además de la asistencia permanente al alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, las siguientes competencias que se delegan:

1) Aprobar la Oferta de Empleo Público de acuerdo con los presupuestos y la plantilla de personal aprobados por el Pleno, aprobar las bases de pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo.

2) La aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.

3) La adquisición de bienes y derechos cuando su valor no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni los 3.000.000 de euros, así como la enajenación del patrimonio que no supere el porcentaje ni la cuantía indicados en los siguientes supuestos:

— La de bienes inmuebles, siempre que esté prevista en el presupuesto.

— La de bienes muebles, salvo los declarados de valor histórico o artístico cuya enajenación no se encuentre prevista en el presupuesto.

4) Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe total no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, los 6.000.000 de euros, incluidos los de carácter plurianual, cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas las anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto el primer ejercicio, ni la cuantía señalada, a excepción de todos aquellas contrataciones que puedan realizarse mediante el procedimiento de contrato menor de acuerdo con la Ley de Contratos del Sector Público.

5) La aprobación de los proyectos de obras y servicios, cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto.

6) El otorgamiento de licencias urbanísticas de obra mayor.

Concejales-delegados de las distintas Áreas (decreto 328/2011):

Se nombran concejales-delegados de las distintas Áreas, con facultades de dirección inspección e impulso de los servicios correspondientes, así como proposición de las resoluciones en los asuntos que por ellos se tramiten, sin facultad de emitir actos o resolución con efectos frente a terceros a los siguientes:

— Área de Urbanismo, Obras, Hacienda y Transportes: al concejal don Pedro Antonio López Navarro.

— Área de Nuevas Tecnologías, Participación y Deportes: al concejal don Ignacio Hidalgo Béjar.

— Área de Asuntos Sociales, Tercera Edad y Mujer: a la concejala doña Francisca López Guardia.

— Área de Cultura, Educación y Sanidad: a la concejala doña María José Vidal Fortea.

— Área de Juventud, Infancia y Festejos: al concejal don Juan Carlos Redondo Chisvert.

— Área de Régimen Interior, Empleo, Comercio e Industria: a la concejala doña Gema García Gómez.

Cobeña, a 1 de julio de 2011.—El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.

(03/26.236/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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