Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
29-07-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110729-243

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

243
Demanda 1.182 de 2009

Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.182 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Isabel Cabero Freire, doña Yolanda Valera Merino, doña Gema Leyva Pacheco, doña María del Carmen López Núñez, doña María Dolores López Núñez, don Ángel Daniel Domínguez González, y “Eusenita Dieciséis, Sociedad Limitada”, contra la empresa “Fundación Actilibre, Comercial de Proyectos Feriales, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal”, “Exposiciones y Salones Monográficos del Ocio, Sociedad Limitada”, “Promotora de Locales de Negocio, Sociedad Limitada”, “Euxenita Dieciséis, Sociedad Limitada”, “Exposiciones y Salones Monográficos, Sociedad Limitada”, “Comercial de Proyectos Feriales, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha recibido escrito de la parte demandante y se ha dictado la siguiente resolución:

Al Juzgado de lo social número 39 de Madrid, para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Don Alfredo Gómez-Salcedo Marqueríe, abogado del ilustre Colegio de Madrid, colegiado número 43.401 con despacho profesional al efecto de notificación en estas capital, calle de Sagasta número 24, sexta planta, 28004 Madrid, en nombre y representación de doña Isabel Cabero Freire, doña Yolanda Valera Merino, doña Gema Leyva Pacheco, doña María del Carmen López Núñez, doña María Dolores López Núñez y don Ángel Daniel Domínguez González, representación otorgada “apud acta” en el presente procedimiento, digo:

Que con fecha 2 de marzo de 2011 se me ha notificado la diligencia de ordenación de fecha 7 de febrero de 2011 del Juzgado de lo social número 39 de Madrid, dándome traslado del recurso se suplicación interpuesto y formulado por “Promotora de Locales de Negocio, Sociedad Limitada”, contra la sentencia de 15 de junio de 2010, recaída en el presente procedimiento, estimatoria de la demanda deducida por esta parte contra la empresa “Fundación Actilibre, Comercial de Proyectos Feriales, Sociedad Limitada”, en liquidación, “Exposiciones y Salones Monográficos del Ocio, Sociedad Limitada”, en liquidación y “Promotora de Locales de Negocio, Sociedad Limitada”, declarando el despido como improcedente, absolviendo a la codemandada “Euxenita Dieciséis, Sociedad Limitada”, de los pedimentos de la demanda, y dentro del término de los cinco días, conforme a lo establecido en el artículo 194 de la Ley de Procedimiento Laboral, paso por medio del presente a impugnar tal recurso, en base a lo siguiente:

Por lo expuesto: Suplico a la Sala que teniendo por presentado este escrito en tiempo y forma, se sirva admitirlo, por hechas las manifestaciones que anteceden, y por impugnado el recurso de suplicación interpuesto por la representación de la empresa condenada contra la sentencia referida que estimó como despido improcedente la extinción de los contratos de trabajo con abono de las indemnizaciones, ya que la empresa optó por extinguir los contratos de trabajo, y de los salarios de tramitación por importe de 245.199,12 euros, y dicte en su día resolución por la que desestime dicho recurso, confirmando la sentencia en todos sus extremos, con la expresa condena en costas de la recurrente.

Otrosí digo: que se relaciona el desglose de las cantidades que ha resultado debidas solidariamente con las otras tres codemandadas indemnizaciones, salarios de tramitación y totales:

A doña Isabel Cabero Freire: 12.103,87 euros, 12.539,80 euros y 24.643,67 euros.

A doña Yolanda Valera Merino: 14.566,50 euros, 13.595,54 euros y 28.161,90 euros.

A doña Gema Leyva Pacheco: 20.814,30 euros, 25.902,24 euros y 46.716,54 euros.

A doña María del Carmen López Núñez: 24.258,15 euros, 15.389,92 euros y 39.648.07 euros.

A doña María Dolores López Núñez: 61.746,75 euros, 23.052,12 y 84.798.87 euros.

A don Ángel Daniel Domínguez González: 10.444,57 euros, 10.785,32 euros y 21.230,07 euros.

Total: 143.934,14 euros, 101.264,94 euros y 245.199,12 euros.

Otrosí digo: que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 195 de la Ley de Procedimiento Laboral, se designa como domicilio en la sede de la Sala de lo social de este Tribunal, a efectos de notificaciones el siguiente: don Alfredo Gómez-Salcedo Marqueríe, abogado, en Madrid, calle Sagasta, número 24, sexta planta derecha, 28004 Madrid.

Suplico a la Sala tenga por hecha tal manifestación y designación a los efectos oportunos.

Otrosí digo: que por ser de término este escrito, se presenta dentro de las quince horas del día siguiente hábil al vencimiento de su plaza, según permite el artículo 45.1 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Suplico al Juzgado tenga por presentado en tiempo y forma el presente escrito.

Otrosí digo: que debiéndose producido la transmisión de la marca y sus denominaciones “Expo Ocio” y “La Feria del Tiempo Libre” de su anterior titular “Fundación Actilibre” a la recurrente “Promotora de Locales de Negocio, Sociedad Limitada”, después de haber sido dictada sentencia de instancia, esta parte aporta como documentos 1 y 2 certificación del Registro de Patentes y Marcas acreditativos de la actual titularidad de la referida marca a tenor de lo dispuesto en artículo 231 de la Ley de Procedimiento Laboral y en concordancia con el artículo 270 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, ya que esta parte ha tenido conocimiento de este hecho con posterioridad a la notificación de la sentencia de instancia y se ha producido después de su pronunciamiento.

Suplico a la Sala se sirva admitir estos documentos por cumplirse la previsión del artículo 270 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, procediendo conforme al artículo 231 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Es justicia que pido en Madrid, a 9 de marzo de 2010.—Alfredo Gómez-Salcedo Marquerie, letrado colegiado número 43.701.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Margarita Martínez González.—En Madrid, a 17 de marzo de 2011.

Se tiene por impugnado en tiempo y forma por doña Isabel Cabero Freire, doña Yolanda Valera Merino, doña Gema Leyva Pacheco, doña María del Carmen López Núñez, doña María Dolores López Núñez y don Ángel Daniel Domínguez González, el recurso de suplicación formalizado en su día por la parte recurrente, por lo que se acuerda elevar las actuaciones a la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad, consistentes en procedimiento compuesto de número de folios 2657 y su correspondiente pieza separada.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Así lo mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Euxenita Dieciséis, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 17 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.196/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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