Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
02-08-2011

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110802-173

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

173
Ejecución 28 de 2011

Don José Gayo Ydoate, secretario judicial del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 28 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jhon Jairo Restrepo Valencia, contra la empresa “Grupo Integral Comunidades, Sociedad Anónima”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

En Madrid, a 4 de julio de 2011.—Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

En atención a lo dispuesto, se acuerda: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don Jhon Jairo Restrepo Valencia, frente a “Grupo Integral Comunidades, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 6.722,40 euros de principal, más 672,24 euros de intereses y 672,24 euros de costas, calculados provisionalmente, sin perjuicio de ulterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, así como al Fondo de Garantía Salarial, y hágase la notificación a la demandada por medio de edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, advirtiendo que contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José Manuel Yuste Moreno.

Auto

En Madrid, a 4 de julio de 2011.—Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

En atención a lo dispuesto, se acuerda: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don Jhon Jairo Restrepo Valencia, frente a “Grupo Integral Comunidades, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 873,54 euros de principal, más 87,35 euros de intereses y 87,35 euros de costas, calculados provisionalmente, sin perjuicio de ulterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, así como al Fondo de Garantía Salarial y hágase la notificación a la demandada por medio de edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, advirtiendo que contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José Manuel Yuste Moreno.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Integral Comunidades, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de julio de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/25.656/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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