Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
02-08-2011

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110802-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 4

EDICTO

70
Expediente de dominio 1.084 de 2011

En los autos de expediente de dominio, reanudación del tracto número 1.084 de 2011, se ha dictado la siguiente resolución:

Recibido el presente escrito, documentos que se acompañan, poder y copia de la procuradora doña Rafaela Massó Hermoso, se admite a trámite, incoándose el expediente de dominio para la reanudación del tracto sucesivo que se insta, en el que se tendrá por parte en nombre y representación de don Rafael Pastor Luengo y doña María Eugenia Abades Luengo, entendiéndose con ella las sucesivas notificaciones y diligencias en virtud del poder presentado que, previo testimonio en autos, se le devolverá.

Dese traslado del escrito presentado al ministerio fiscal entregándole las copias del escrito y documentos, y cítese a don Mariano Salvador Félix, doña Faustina Tenorio Conejo, doña Vicenta Santos López y a doña María del Mar Fernández Santos, don Juan Carlos Fernández Santos y don Máximo Fernández Santos (en su calidad de herederos de don Máximo Fernández Pérez), como titulares registrales; a don Rafael Muñoz Fernández y doña Francisca Hinojosa Pérez, con domicilio desconocido, y a doña Estrella García Manrique a fin de que dentro del término de diez días puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga, citando a aquellos cuyo domicilio se desconoce por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el periódico “La Razón”.

Convóquese a las personas ignoradas a quienes pudieran perjudicar la inscripción solicitada por medio de edictos que se fijarán en los sitios reseñados para que dentro del término de diez días puedan comparecer en el expediente a los efectos expresados.

Líbrense los edictos y exhortos necesarios.

En cuanto a la petición contenida en el quinto otrosí, digo: no ha lugar, por cuanto el precepto en que se apoya la petición se refiere a los expedientes de inmatriculación, y no a los de tracto sucesivo interrumpido.

Y para que sirva de notificación a los transmitentes de la finca, don Rafael Muñoz Fernández y doña Francisca Hinojosa Pérez, así como las personas ignoradas a quien pueda perjudicar la inscripción solicitada, se expide la presente en Fuenlabrada, a 4 de julio de 2011.—El secretario (firmado).

(02/6.604/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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