Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 182

Fecha del Boletín 
03-08-2011

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110803-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

49
Delegación genérica concejales

La alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Ciempozuelos, con fecha 7 de julio de 2011, ha dictado la siguiente resolución, que dice:

Resolución 1044/2011.—Advertidos distintos errores de transcripción en la resolución 834/2011, no quedando corregidos posteriormente en la resolución 891/2011.

Considerando que el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancias de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos, existentes en sus actos, he resuelto:

Primero y único.—Realizar las siguientes rectificaciones de errores en la resolución indicada:

En el punto cuarto, donde dice:

“Cuarto.—Conferir delegación genérica a favor de los señores concejales siguientes y para la dirección interna y gestión, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, de las áreas indicadas (...).”

Debe decir:

“Cuarto.—Conferir delegación genérica a favor de los señores concejales miembros de la Junta de Gobierno Local para la dirección interna y gestión, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, salvo la ordenación de pagos en las áreas indicadas (...).”

Lo que se hace público para conocimiento general.

En Ciempozuelos, a 14 de julio de 2011.—La alcaldesa-presidenta, María Ángeles Herrera García.

(03/26.717/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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