Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 182

Fecha del Boletín 
03-08-2011

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110803-64

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Cargos con dedicación exclusiva y parcial

El Pleno del Ayuntamiento de Griñón, en sesión extraordinaria celebrada el día 28 de junio de 2011, adoptó el siguiente acuerdo que se transcribe literalmente a continuación:

Primero.—El alcalde, don José Ramón Navarro Blanco, y los tenientes de alcalde, doña María Fernanda Gamo Pascual, don Miguel Pereda Navarro y don Antonio Luis Alonso Cid, desempeñarán sus cargos con dedicación exclusiva. La teniente de alcalde doña Fuencisla García Cuarental y el concejal don Fernando Navarro Corcho desempeñarán sus cargos con dedicación parcial.

Segundo.—Fijar el siguiente régimen de retribuciones para estos miembros de la Corporación:

Nombre y apellidos y régimen de retribuciones brutas:

— Don José Ramón Navarro Blanco, alcalde-presidente, dedicación exclusiva, 43.000 euros anuales, pagaderos en catorce mensualidades.

— Doña María Fernanda Gamo Pascual, primera teniente de alcalde y concejala de Hacienda, Personal y Deportes, dedicación exclusiva, 36.000 euros anuales, pagaderos en catorce mensualidades.

— Don Miguel Pereda Navarro, segundo teniente de alcalde y concejal de Educación, Servicios Sociales, Formación y Empleo, Familia, Mayor, Participación Ciudadana y Juventud, dedicación exclusiva, 36.000 euros anuales, pagaderos en catorce mensualidades.

— Don Antonio Luis Alonso Cid, tercer teniente de alcalde y concejal de Obras Públicas y Servicios, Medio Ambiente y Nuevas Tecnologías, dedicación exclusiva, 36.000 euros anuales, pagaderos en catorce mensualidades.

— Doña Fuencisla García Cuarental, cuarta teniente de alcalde y concejala de Cultura, Mujer, Sanidad y Festejos, dedicación parcial, 17.000 euros anuales, pagaderos en catorce mensualidades.

— Don Fernando Navarro Corcho, concejal de Comercio e Industria, Seguridad y Protección Civil, dedicación parcial, 17.000 euros anuales, pagaderos en catorce mensualidades.

Las retribuciones brutas de los concejales se abonarán en catorce pagas y se revisarán anualmente con lo que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Los concejales que ostenten la condición de funcionarios mantendrán el derecho a la percepción de los trienios por el concepto de antigüedad que tengan reconocidos en la actualidad.

Tercero.—Se solicitará ante la Tesorería Territorial General de la Seguridad Social la afiliación y el alta de los miembros de la Corporación citados, asumiendo el Ayuntamiento las obligaciones que las normas del régimen general de la Seguridad Social imponen a las empresas en relación con los trabajadores a su servicio.

Cuarto.—La corporación asumirá el pago de la cuota empresarial que corresponda.

Quinto.—Fijar el siguiente régimen de indemnizaciones y asistencias a sesiones y comisiones, cuyo acuerdo implica de facto modificación de las bases del presupuesto en las cifras en que se aprueban:

— Por cada sesión del Pleno a que asistan los miembros de la Corporación que desempeñan sus cargos sin dedicación exclusiva o parcial: 70 euros por sesión.

— Por cada sesión de Comisiones Informativas y asimilables a que asistan los miembros de la Corporación que desempañan sus cargos sin dedicación exclusiva o parcial: 35 euros por sesión.

— Por cada sesión de trabajo de mesa de contratación a que asistan los miembros de la Corporación que desempañan sus cargos sin dedicación exclusiva o parcial: 35 euros por sesión.

Sexto.—Autorizar y disponer el gasto con cargo a las partidas 111-100 y 111-230.

Séptimo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

En Griñón, a 30 de junio de 2011.—El alcalde-presidente, José Ramón Navarro Blanco.

(03/26.632/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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