Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
06-08-2011

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110806-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CHAPINERÍA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

38
Declaración dedicación exclusiva

Mediante acuerdo del Pleno, de fecha 30 de junio de 2011, se aprobó que el cargo de concejal de Urbanismo se realice con dedicación exclusiva, lo que se publica a los efectos de los artículos 46.1 y 52.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

14. Adopción acuerdo declaración dedicación exclusiva a favor de don Eduardo Moya Rubio.

Propuesto por el señor alcalde la determinación que el cargo de concejal de Urbanismo se realice con dedicación exclusiva.

A la vista del informe de Secretaría de fecha 22 de junio de 2011 y del informe de Intervención de igual fecha, informes que obran en el expediente que se tramita.

Por el portavoz del PP, señor Martín Santos, se manifiesta que este tema debería debatirse y consensuarse entre todos los miembros de la Corporación.

Por el señor alcalde se contesta que en esta sesión de Pleno deben ir rápido, ya que tiene una cita muy importante después. Pero manifiesta que todo lo hablarán y consensuarán, y ya habrá momento de recortar y hacer cosas.

Por el concejal del PP, señor Domínguez Serrano, se manifiesta que esto no es serio.

El Pleno de la Corporación, por siete votos a favor y tres en contra, siendo estos últimos los emitidos por los señores concejales del PP y, por lo tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros, acuerda:

Primero.—Determinar que el cargo de concejal de Urbanismo realice sus funciones en régimen de dedicación total, debiendo tener una presencia efectiva mínima en el Ayuntamiento de treinta y cinco horas semanales.

Segundo.—Establecer a favor del miembro de la Corporación que desempeñará su cargo en régimen de dedicación exclusiva las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

— El cargo de concejal-delegado de Urbanismo percibirá una retribución anual bruta de 26.600 euros.

Tercero.—Que se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de forma íntegra el presente acuerdo a los efectos de su general conocimiento, dada su trascendencia.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición-potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Chapinería, a 7 de julio de 2011.—El alcalde-presidente, Ángel Luis Fernández Robles.

(03/27.109/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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