Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
09-08-2011

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110809-7

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

7
ORDEN 1274/2011, de 26 de julio, de apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes de subvenciones a agrupaciones de municipios para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención para el año 2011, convocadas por Orden de 19 de noviembre de 2010, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 300, de 16 de diciembre).

La disposición adicional de la Orden de 18 de diciembre de 2008, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a agrupaciones de municipios para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 39, de 16 de febrero de 2009), en relación con la disposición adicional de la convocatoria para el año 2011, aprobada por Orden del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior de 19 de noviembre de 2010, establece: “Para las agrupaciones de municipios que se constituyan con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes previsto en la presente Orden, se podrá abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes como ampliación, mediante Orden del titular de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior”.

Por Orden de 8 de marzo de 2011, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, se acuerda la disolución de la agrupación de municipios para el sostenimiento del puesto de Secretaría-Intervención, formada por los Ayuntamientos de Puentes Viejas y Piñuécar-Gandullas; la modificación de la agrupación formada por los Ayuntamientos de Horcajo de la Sierra, Braojos de la Sierra y Madarcos, y la constitución de una nueva agrupación formada por los Ayuntamientos de Piñuécar-Gandullas y Madarcos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 4 de abril).

En virtud de las facultades que me confiere el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y demás disposiciones legales,

DISPONGO

Artículo único

Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes de subvenciones a agrupaciones de municipios para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención para el año 2011, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional de la Orden de 18 de diciembre de 2008, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, y en la disposición adicional de la Orden de 19 de noviembre de 2010, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, que finalizará pasado un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Juriscicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, a 26 de julio de 2011.

El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/28.315/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110809-7