Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 188

Fecha del Boletín 
10-08-2011

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110810-55

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

RÉGIMEN ECONÓMICO

55
Modificación créditos

El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 22 de julio de 2011, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 03/2011, de concesión de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente de Tesorería para gastos generales, deducido de la liquidación del ejercicio anterior.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el citado expediente de modificación presupuestaria, con su documentación preceptiva, permanecerá expuesto en el Departamento de Intervención del Ayuntamiento, calle José Antonio, número 42, durante el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes, ante el Pleno del Ayuntamiento, con sujeción a lo establecido en el artículo 170 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales respecto del presupuesto municipal.

El expediente de modificación de créditos 03/2011 se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se presentan reclamaciones, en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Boadilla del Monte, a 22 de julio de 2011.—Tercera teniente de alcalde, concejala-delegada del Área de Economía, Hacienda y Patrimonio, Isabel Martín Castellá.

(03/27.534/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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