Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 188

Fecha del Boletín 
10-08-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110810-138

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

138
Ejecución 119 de 2011

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 119 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Longjie Lin, contra la empresa “Yeung’s Lotus Express Príncipe Pío, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Se acuerda despachar la ejecución solicitada por el ejecutante don Longjie Lin, frente a “Yeung Lotus Express Príncipe Pío, Sociedad Limitada”, por importe de 3.257,83 euros de principal, más otros 195,47 euros y 325,78 euros que se presupuestan provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de lo que resulte de su tasación y liquidación definitivas.

Notifíquese la presente resolución a las partes y adviértase que frente a la misma no procede recurso alguno, pero podrá la ejecutada formular oposición por las causas previstas en la Ley de Enjuiciamiento Civil en el plazo máximo de diez días a contar desde el día siguiente a la notificación del presente auto.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Yeung’s Lotus Express Príncipe Pío, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de julio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.728/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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