Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
13-08-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110813-76

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 69

EDICTO

76
Procedimiento ordinario 681 de 2007

Doña Ángeles Rosa García Solano, secretaria del Juzgado de primera instancia número 69 de Madrid.

Hace saber: Que en el los autos de ordinario seguidos en este Juzgado con el número 681 de 2007, a instancias de “Super Pik, Sociedad Limitada”, representada por el procurador don José Luis Pinto Marabotto, contra “Pasha Food, Sociedad Limitada”, doña Susana Acero de Rego y don Valentín Haro Bermejo, se ha acordado notificar la sentencia dictada en los presentes a la demandada rebelde, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 69

En Madrid, a 23 de marzo de 2010.—Vistos por doña María Asunción Remírez Sainz de Murieta, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 69 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 460 de 2005, seguidos a instancias de “Super Pik, Sociedad Limitada”, representada por el procurador don José Luis Pinto Marabotto y asistida por el letrado don Rafael Rodríguez de Diego, contra doña Susana Acero Rego, representada por la procuradora doña María Luisa Estrugo Lozano; contra don Valentín Haro Bermejo, representado por la procuradora doña Silvia Albite Espinosa y asistido por el letrado don J. Antonio Ortiz Valenzuela, y contra “Pasha Food, Sociedad Limitada”, declarada en situación procesal de rebeldía, en ejercicio de la acción de resolución de contrato y reclamación de cantidad, ha dictado en nombre del Rey el siguiente

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por el procurador don José Luis Pinto Marabotto, en representación de “Super Pik, Sociedad Limitada”, frente a “Pasha Food, Sociedad Limitada”, declarada en situación de rebeldía, contra doña Susana Acero de Rego, representada por la procuradora doña María Luisa Estrugo Lozano, y contra don Valentín Haro Bermejo, representado por la procuradora doña Silvia Albite Espinosa, y en consecuencia:

1. Declaro resuelto el contrato de explotación de máquinas de juego suscrito entre la actora y la parte demandada en fecha 26 de mayo de 2006 y aportado como documento número 2 de la demanda, así como todos sus anexos.

2. Condeno solidariamente a los demandados a pagar a la demandante la cantidad de 88.341,23 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, y 18.552,33 euros en concepto de devolución de anticipo de recaudación entregado a la firma del contrato (18.000 euros), más los intereses pactados del 10 por 100 anual devengados hasta la fecha de la demanda, más los intereses de dicha cantidad de 18.000 euros al tipo pactado del 10 por 100 anual que se devenguen desde la fecha de presentación de la demanda y hasta su completo pago.

3. Condeno, asimismo, solidariamente a todos los expresados demandados al pago de las costas causadas en el presente procedimiento.

Al notificar la presente resolución a las partes, instrúyaseles que contra la misma cabe presentar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá prepararse ante este Juzgado por término de cinco días a partir de su notificación. Para su admisión a trámite será necesario, en todo caso, que al tiempo de preparar el recurso, la recurrente haya constituido el depósito de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado de “Banesto”, número 28890000/02 y en la cuenta expediente correspondiente, debiendo acreditar tal extremo mediante resguardo del ingreso o transferencia que deberá acompañar.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez firmante de la misma en el día de su fecha y hallándose celebrando audiencia pública. De todo lo cual, como secretaria, doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Pasha Food, Sociedad Limitada”, y para que sirva de notificación en forma a los referidos demandados y su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente que firmo en Madrid, a 27 de junio de 2011.—La secretaria (firmado).

(02/7.083/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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