Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
13-08-2011

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110813-60

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEAVERO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

60
Delegación Áreas a Concejalías

Conforme a lo establecido en el artículo 44 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público el decreto de Alcaldía 298 de 2011, de 20 de julio, que resuelve:

Primero.—Delegar las Áreas de Obras, Servicios Públicos y Empleo a la concejala doña María Huertas Espigares.

Segundo.—Delegar las Áreas de Hacienda, Participación y Atención Ciudadana y Medio Ambiente a la concejala doña Antonia Rodríguez Hortal.

Tercero.—Delegar las Áreas de Educación, Cultura, Nuevas Tecnologías y Servicios Sociales a la concejala doña Eva María Conejo Cebrián.

Cuarto.—Delegar las Áreas de Deporte, Juventud e Infancia al concejal don David María Domingo Huertas.

Estas delegaciones son genéricas, conllevará la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos, en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Quinto.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa, y remitir la resolución del nombramiento al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación en el mismo; igualmente, publicar la resolución en el tablón de anuncios, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la presente resolución.

En Valdeavero, a 20 de julio de 2011.—El alcalde, Erick Maitín Morales.

(03/27.787/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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