Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
15-08-2011

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110815-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

38
Nombramiento Junta Gobierno Local

Doña María José Moñino Muñoz, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Fuente el Saz de Jarama (Madrid), ha dictado con fecha 31 de junio de 2011, bajo el número 541/2011 de orden, el decreto de la Alcaldía por el que se resuelve:

Vista la celebración de las elecciones municipales el día 22 de mayo de 2011, y habiéndose procedido el día 11 de junio a la constitución de la nueva Corporación Local, en virtud de lo dispuesto en los artículos 70 del Reglamento Orgánico Municipal, 20.1.b) y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y los artículos 35.2.d) y 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y el artículo 31.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, es por lo que he resuelto:

Primero.—Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes concejales:

— Don Juan Pedro Sanz García.

— Don Raúl Robledillo del Vado.

— Don Juan Manuel Descalzo Andrés.

— Don Justo Valdemoro López.

Segundo.—Corresponde a la Junta de Gobierno Local, además de la asistencia permanente al alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, las siguientes competencias que se delegan:

Aprobar la Oferta de Empleo Público, de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo.

La aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del Planeamiento General no expresamente atribuidas al Pleno, así como de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.

La contratación de obras, de suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales y los contratos privados cuando su importe no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de 6.000.000 de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

La adjudicación de concesiones sobre bienes de las Entidades Locales y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de los 3.000.000 de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.

El otorgamiento de licencias urbanísticas de obra mayor.

Tercero.—Notificar la presente resolución a los designados que se considerará aceptada tácitamente si en el plazo de tres días hábiles no hace manifestación expresa en contrario, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la presente resolución.

Cuarto.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Quinto.—Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 44.4 y 38 del Reglamento de Organización y Funcionamiento.

Lo que se hace público para general conocimiento.—Fuente el Saz de Jarama, a 22 de julio de 2011.—La alcaldesa, María José Moñino Muñoz.

(03/27.971/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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