Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
15-08-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110815-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

64
Demanda 1.485 de 2010

Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.485 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos Cuenca Nieto, contra la empresa “Talleres Frutos, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 26 de enero de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 25 de 2011

En Madrid, a 26 de enero de 2011.—Don Joaquín Castro Colás, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre despido, entre partes: como demandante, don Juan Carlos Cuenca Nieto, como demandada, y “Talleres Frutos, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Juan Carlos Cuenca Nieto, contra la empresa “Talleres Frutos, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de don Juan Carlos Cuenca Nieto acordado con efectos del día 5 de octubre de 2010, condenando a la empresa a que, a su elección, opte dentro del plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente sentencia entre la readmisión del trabajador en su puesto de trabajado en las mismas condiciones que regían antes del despido o bien el abono de la indemnización de 5.598,45 euros correspondientes a cuarenta y cinco días de salario por cada año de servicio prestado por el trabajador, computados desde el día 26 de mayo de 2008 hasta la fecha del despido (5 de octubre de 2010), así como al abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la fecha de notificación de la presente sentencia a razón de 51,48 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 2524, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como, en el caso de haber sido condenado en la sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado, con el número 2524, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Talleres Frutos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de julio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.153/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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