Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
15-08-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110815-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

67
Demanda 1.287 de 2010

Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.287 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel de la Rosa Muñoz, contra Fondo de Garantía Salarial y “Extra Riegos, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de extinción laboral, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 14 de julio de 2011.—Por todo lo cual

Dispongo: Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Manuel de la Rosa Muñoz con la empresa “Extra Riegos, Sociedad Limitada”, condenando a esta parte a que abone a la parte ejecutante la cantidad de 4.660,83 euros en concepto de indemnización, resultado de calcular cuarenta y cinco días por año trabajado hasta la presente resolución (14 de julio de 2011), y se condena, igualmente, al abono de los salarios de tramitación que se extienden desde la fecha del despido (29 de agosto de 2010) y hasta la fecha de esta resolución, descontando los días trabajados por prestación laboral, siendo el salario día el de 46,666 euros con prorrata de pagas extras, y que asciende los salarios devengados a la cantidad de 3.826,66 euros, y se condena a la demandada a estar y pasar por la presente resolución con todos los efectos jurídicos inherentes a la misma.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que la misma no es firme y contra ella podrán interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días contados desde el siguiente al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la efectividad de lo acordado (artículo 184, número 1, de la Ley de Procedimiento Laboral).

Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 2524/0000/30, seguido del número de autos, debiendo acreditarse dicho ingreso con el justificante de ingreso, que deberá unirse al escrito en el que se interpone el recurso de reposición.

Así lo manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Extra Riegos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de julio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.171/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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