Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 193

Fecha del Boletín 
16-08-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110816-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

97
Demanda 642 de 2010

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 642 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Aurel Baba y don Liviu Andrei Sagau, contra la empresa “Purma Building Service, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado auto de extinción de relación laboral de fecha 28 de junio de 2011 siguiente:

Auto

En Madrid, a 28 de junio de 2011.

Vistos, además de los preceptos citados, los de general y pertinente aplicación, su señoría por ante mí, la secretaria, dijo: Que debía declarar y declaraba extinguida con esta fecha la relación laboral entre don Aurel Baba y don Liviu Andrei Sagau y la empresa “Purma Building Service, Sociedad Limitada”, condenando a esta última a que abone a la parte actora la cantidad en concepto de indemnización, así como, además, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la presente resolución a razón de los declarados probados en aquella y por importe de:

A don Aurel Baba:

Indemnización: 4.546,58 euros.

Salario de tramitación: 25.515,93 euros.

A don Liviu Andrei Sagau:

Indemnización: 3.596,18 euros.

Salarios de tramitación: 20.618,07 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado número 2515/0000/00/0número de expediente y año, en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1033/50/0000000000, indicando el número de cuenta corriente, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.

Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Purma Building Service, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.159/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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